Artículo 12Sustitúyese el artículo 13 de la ley 25.300 y su modificatoria
Texto oficial
Sustitúyese el Art. 13 — Ley de Fomento MiPyME y su modificatoria, por el siguiente:
Artículo 13: Fiduciario. El fiduciario del FoGAr será Nación
S.A. o el Banco de Inversión y Comercio Exterior o
cualquier organismo que en el futuro los reemplace. El fiduciario
designado deberá prestar todos los servicios de soporte administrativo
y de gestión que el Comité de Administración le requiera para el
cumplimiento de sus funciones.
Qué significa en la práctica
Sustitúyese el Art. 13 — Ley de Fomento MiPyME y su modificatoria, por el siguiente. En detalle: Art. 13: Fiduciario. El fiduciario del FoGAr será Nación S.A. o el Banco de Inversión y Comercio Exterior o cualquier organismo que en el futuro los reemplace.
Efectos prácticos
•Sustitúyese el artículo 13 de la ley 25.300 y su modificatoria, por el siguiente: