Ley 27.444

Artículo 20Sustitúyese el artículo 35 de la Ley General de Sociedades 19.550 (t.o. 1984) y sus modificator…

Texto oficial

Sustitúyese el Art. 35 — Ley General de Sociedades 19.550 (t.o. 1984) y sus modificatorias, por el siguiente: Artículo 35: Responsabilidades. La infracción de lo establecido en el artículo anterior, hará al socio aparente o prestanombre y al socio oculto, responsables en forma subsidiaria, solidaria e ilimitada de conformidad con lo establecido por el artículo 125 de esta ley.

Qué significa en la práctica

Sustitúyese el Art. 35 — Ley General de Sociedades 19.550 (t.o. 1984) y sus modificatorias, por el siguiente. En detalle: Art. 35: Responsabilidades. La infracción de lo establecido en el artículo anterior, hará al socio aparente o prestanombre y al socio oculto, responsables en forma subsidiaria, solidaria e ilimitada de conformidad con lo establecido por el Art. 125 de esta ley.

Efectos prácticos

  • Sustitúyese el artículo 35 de la Ley General de Sociedades 19.550 (t.o. 1984) y sus modificatorias, por el siguiente:

Normas relacionadas

← Ver en Ley 27.444 completaLeyes