Artículo 17El personal militar que comience a prestar servicios “en comisión” para la Empresa Argentina de…
Texto oficial
El personal militar que comience a prestar servicios “en
comisión” para la Empresa Argentina de Navegación Aérea Sociedad del
Estado (EANA S.E.) quedará bajo la conducción y control funcional de
los jefes que dicha empresa designe.
Qué significa en la práctica
El personal militar que comience a prestar servicios “en comisión” para la Empresa Argentina de Navegación Aérea Sociedad del Estado (EANA S.E.) quedará bajo la conducción y control funcional de los jefes que dicha empresa designe.
Efectos prácticos
•El personal militar que comience a prestar servicios “en comisión” para la Empresa Argentina de Navegación Aérea Sociedad del Estado (EANA S.E.) quedará bajo la conducción y control funcional de los jefes que dicha empresa designe.