Artículo 18El Ministerio de Transporte está facultado para dictar las normas complementarias y aclaratoria…
Texto oficial
El Ministerio de Transporte está facultado para dictar las
normas complementarias y aclaratorias que resulten pertinentes para la
implementación del presente capítulo.
Qué significa en la práctica
El Ministerio de Transporte está facultado para dictar las normas complementarias y aclaratorias que resulten pertinentes para la implementación del presente capítulo.
Efectos prácticos
•El Ministerio de Transporte está facultado para dictar las normas complementarias y aclaratorias que resulten pertinentes para la implementación del presente capítulo.