Ley 27.447

Artículo 39Inicio del proceso de donación

Texto oficial

. Todo médico que certifique el fallecimiento de una persona debe iniciar el proceso de , conforme las normas que a dichos fines dicte el INCUCAI.

Qué significa en la práctica

Todo médico que certifique un fallecimiento debe iniciar el proceso de conforme a las normas del INCUCAI.

Normas relacionadas

← Ver en Ley de Trasplante (Ley Justina) completaLeyes