Ley 27.447

Artículo 60Funciones del presidente

Texto oficial

Corresponde al presidente: a) Representar al Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante (INCUCAI) en todos sus actos; b) Convocar y presidir las reuniones del directorio, en las que tendrá voz y voto, el que prevalecerá en caso de empate; c) Invitar a participar, con voz pero sin voto, a representantes de sectores interesados cuando se traten temas específicos de su área de acción; d) Convocar y presidir las reuniones de los Consejos Asesores; e) Adoptar todas las medidas que, siendo de del directorio, no admitan dilación, sometiéndolas a consideración del mismo en la primera sesión; f) Delegar funciones en otros miembros del directorio, con el acuerdo de éste; g) Cumplir y hacer cumplir las resoluciones del directorio.

Qué significa en la práctica

Enumera las funciones del presidente: representar al INCUCAI y convocar al directorio.

Normas relacionadas

← Ver en Ley de Trasplante (Ley Justina) completaLeyes