Ley 27.449

Artículo 4Reglas sobre el establecimiento de las partes

Texto oficial

A los efectos del artículo 3º de la presente ley: a) Si alguna de las partes tiene más de un (1) establecimiento, el establecimiento será el que guarde una relación más estrecha con el acuerdo de ; b) Si una parte no tiene ningún establecimiento, se tomará en cuenta su residencia habitual.

Qué significa en la práctica

Aclara cómo determinar el establecimiento a los fines del artículo 3: si una parte tiene varios, se toma el más vinculado al acuerdo de ; si no tiene ninguno, se toma su residencia habitual.

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