Artículo 41Condiciones flexibles para preservar prueba
Texto oficial
En lo que respecta a la solicitud de una
presentada con arreglo al inciso d) del artículo 39, los requisitos
enunciados en los incisos a) y b) del artículo 40 sólo serán aplicables
en la medida en que el tribunal arbitral lo estime oportuno.
Qué significa en la práctica
Para la medida de preservación de prueba (inciso d del artículo 39), los requisitos del artículo 40 se aplican solo en la medida en que el tribunal lo estime oportuno.