Inmediatamente después de haberse pronunciado sobre la
procedencia de una petición de orden preliminar, el tribunal arbitral
notificará a todas las partes la solicitud presentada de una , la petición de una orden preliminar, la propia orden
preliminar, en caso de haberse otorgado, así como todas las
comunicaciones al respecto, incluida la constancia del contenido de
toda comunicación verbal, entre cualquiera de las partes y el tribunal
arbitral en relación con ello.
Qué significa en la práctica
Inmediatamente después de pronunciarse sobre la orden preliminar, el tribunal notifica a todas las partes la solicitud, la petición, la orden (si se otorgó) y todas las comunicaciones, incluida la constancia de las verbales.