Ley 27.449

Artículo 49Efecto vinculante pero no ejecutable de la orden preliminar

Texto oficial

La orden preliminar será vinculante para las partes, pero no será de por sí objeto de ejecución judicial. Dicha orden preliminar no constituirá un laudo.

Qué significa en la práctica

La orden preliminar es vinculante para las partes, pero no es ejecutable judicialmente por sí misma y no constituye un laudo.

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