Ley 27.452

Artículo 6Titularidad y cobro

Texto oficial

Titularidad. Cobro. Los titulares de la reparación son las personas menores de veintiún (21) años o personas con discapacidad, destinatarios/as de la prestación y esta debe ser percibida por la persona que se encuentre a su cuidado, sea guardador/a, tutor/a, curador/a, o adoptante. Al cumplir los dieciocho (18) años, las/os titulares de la prestación la perciben directamente. Por ningún motivo la prestación puede ser percibida por quien haya sido y/o condenado como autor, , instigador o del de homicidio cometido contra alguno de los progenitores y/o progenitores afines de las niñas, niños y adolescentes que resulten destinatarios de la misma.

Qué significa en la práctica

Los titulares son los menores o personas con discapacidad; la cobra quien los tiene a cargo, y al cumplir 18 años la perciben directamente. Nunca puede cobrarla quien fue del homicidio.

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