Ley 27.482

Artículo 40Alcance de la sentencia

Texto oficial

Sustitúyese el Art. 274 — Código Procesal Penal Federal, por el siguiente: ‘Artículo 274.- Alcance de la . La absolutoria fijará las costas, decidirá sobre la restitución de los objetos afectados al procedimiento que no estén sujetos a y resolverá lo relativo a las medidas de coerción de conformidad con el artículo 274 bis. Si la fuese condenatoria fijará, además, las penas que correspondan y lo atinente al . En caso de que la acción civil haya sido ejercida, la absolutoria o condenatoria considerará su procedencia, establecerá la reparación de los daños y perjuicios causados o la .’

Qué significa en la práctica

Sustituye el artículo 274 del Código. La absolutoria fija costas, decide sobre la restitución de objetos y sobre las medidas de coerción; la condenatoria fija además las penas y el . Si se ejerció la acción civil, la resuelve su procedencia y la reparación de los daños.

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