Sustitúyese la rúbrica “Recursos de casación, de
inconstitucionalidad y de revisión” correspondiente a la de la sección
8a del capítulo IV, título IV del libro primero del Código Procesal
Civil y Comercial de la Nación por la siguiente: “Sección 8a - Recurso
de inaplicabilidad de la ley”.
Qué significa en la práctica
Reemplaza el título "Recursos de casación, de inconstitucionalidad y de revisión" —que había introducido la Ley 26.853 con las cámaras de casación que nunca se crearon— por "Recurso de inaplicabilidad de la ley". Es el primer paso para restablecer el sistema anterior.