Artículo 16Saldos de bonos del régimen del software (Ley 25.922)
Texto oficial
Los saldos de los bonos de crédito fiscal no aplicados al 31 de diciembre de 2019, por los beneficiarios del Régimen de Promoción de la Industria del Software de la Ley de Promoción del Software (FONSOFT) y su modificatoria, serán considerados de libre transferibilidad y se mantendrán vigentes hasta su agotamiento.
En el caso de producirse la caducidad del beneficio fiscal asignado, y el beneficiario de la Ley de Promoción del Software (FONSOFT) y su modificatoria Ley 26.692 lo hubiera transferido previamente a un tercero, deberá reintegrar el importe del crédito fiscal otorgado oportunamente con más los intereses y accesorios que pudieran corresponder.
Qué significa en la práctica
Los saldos de bonos de crédito fiscal no aplicados del anterior Régimen de Promoción de la Industria del Software se mantienen vigentes y de libre transferibilidad hasta agotarse.