El Ministerio de Economía y el Ministerio de Trabajo,
Empleo y Seguridad Social en lo que fuere materia de su ,
serán las autoridades de aplicación de la presente ley, quedando
facultados para dictar las normas interpretativas y complementarias
correspondientes.
Qué significa en la práctica
Designa al Ministerio de Economía y al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social como autoridades de aplicación en sus respectivas competencias.