Ley 27.541

Artículo 61Emisión de letras del Tesoro

Texto oficial

Autorízase al Gobierno nacional a emitir letras denominadas en dólares estadounidenses (U$S) por un monto de hasta dólares cuatro mil quinientos setenta y un millones (U$S 4.571.000.000), a diez (10) años de plazo, con amortización íntegra al vencimiento, la que devengará una tasa de interés igual a la que devenguen las reservas internacionales del Banco Central de la República Argentina para el mismo período y hasta un máximo de la tasa LIBOR anual menos un punto porcentual. Los intereses se cancelarán semestralmente.

Qué significa en la práctica

Autoriza al Gobierno nacional a emitir letras del Tesoro para los fines previstos en la ley.

Normas relacionadas

← Ver en Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva completaLeyes