Autorízase al Gobierno nacional a adquirir divisas en el
Banco Central de la República Argentina con las letras del artículo 61
por igual cantidad a las nominalmente expresadas en las mismas.
Estas letras, como así también las tenencias vigentes de letras
intransferibles en poder del Banco Central de la República Argentina,
deberán registrarse en sus estados contables a valor técnico.
Qué significa en la práctica
Autoriza al Gobierno nacional a adquirir divisas en el mercado para el pago de obligaciones.