Ley 27.561

Artículo 13Reglamentación del PREIMBA

Texto oficial

El Poder Ejecutivo nacional, a través del Ministerio de Obras Públicas y el Ministerio del Interior, dictará la normativa reglamentaria necesaria para la instrumentación y funcionamiento del Programa de Emergencia de Infraestructura Municipal de la Provincia de Buenos Aires (PREIMBA).

Qué significa en la práctica

Encomienda al Poder Ejecutivo nacional, a través de los Ministerios de Obras Públicas y del Interior, dictar la normativa reglamentaria para la instrumentación y el funcionamiento del PREIMBA.

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