Ley 27.561

Artículo 12Creación del PREIMBA

Texto oficial

Créase el Programa de Emergencia de Infraestructura Municipal de la Provincia de Buenos Aires (PREIMBA), en la órbita del Ministerio de Obras Públicas, con el objeto de garantizar el mantenimiento y construcción de obras de infraestructura municipal en ámbitos urbanos, suburbanos y/o rurales. El Ministerio del Interior acordará con el Gobierno de la provincia de Buenos Aires y los municipios el plan de obras a desarrollarse en el marco del Programa que se crea por el presente, cuya ejecución estará a cargo del Ministerio de Obras Públicas.

Qué significa en la práctica

Crea el Programa de Emergencia de Infraestructura Municipal de la Provincia de Buenos Aires (PREIMBA), en la órbita del Ministerio de Obras Públicas, para el mantenimiento y construcción de obras de infraestructura municipal en ámbitos urbanos, suburbanos y rurales.

Normas relacionadas

← Ver en Ley 27.561 completaLeyes