Ley 27.561

Artículo 3Obras plurianuales y transferencias a universidades

Texto oficial

Incorpórase en las planillas anexas al Art. 11 — Ley 27.467 (Presupuesto 2019), de presupuesto general de la administración nacional para el ejercicio 2019, conforme el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, 24.156, y sus modificatorias, en los términos del decreto 4 del 2 de enero de 2020, la contratación de las obras con incidencia en ejercicios futuros, de acuerdo con el detalle obrante en las planillas anexas al presente artículo. Asimismo, establécese que las transferencias a cada una de las Universidades Nacionales de los créditos presupuestarios en la presente ley se realizarán conforme la proporción del total que, para cada una, surge de la planilla anexa al Art. 12 — Ley 27.467 (Presupuesto 2019).

Qué significa en la práctica

Incorpora a las planillas del Art. 11 — Ley 27.467 (Presupuesto 2019) la contratación de obras con incidencia en ejercicios futuros (gasto plurianual) y establece que las transferencias a las universidades nacionales se harán según la proporción de la planilla anexa al art. 12 de esa ley.

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