Ley 27.562

Artículo 16Securitización de fondos coparticipados

Texto oficial

Se deja establecido que los derechos sobre los fondos coparticipados que se generen por la presente ley de moratoria podrán ser estructurados como instrumentos financieros y securitizados o cedidos por parte de las jurisdicciones que lo reciban, en el marco de la Coparticipacion Federal de Impuestos y sus modificatorias.

Qué significa en la práctica

Disposición propia: permite que los derechos sobre los fondos coparticipados que genere la moratoria sean estructurados como instrumentos financieros y securitizados o cedidos por las jurisdicciones que los reciban, en el marco de la Coparticipacion Federal de Impuestos de Coparticipación Federal.

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