Ley 27.563

Artículo 22Programa Turismo para Personas Mayores

Texto oficial

Créase el Programa “Turismo para Personas Mayores” con el objeto de sostener la actividad turística de los destinos del país durante las temporadas bajas, en el marco de la realización de los viajes como actividad preventiva de la salud y para el bienestar de las personas mayores. El Programa será coordinado conjuntamente por el Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación, la Administración Nacional de la Seguridad Social y el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, mediante el cual se licitarán paquetes turísticos previamente definidos junto al Consejo Federal de Turismo (CFT) y la actividad privada del sector turístico conforme lo estipulado en el inciso b) del Art. 7 — Ley Nacional de Turismo.

Qué significa en la práctica

Crea el Programa Turismo para Personas Mayores, para sostener los destinos del país durante las temporadas bajas mediante viajes como actividad preventiva de la salud. Lo coordinan el Ministerio de Turismo y Deportes, ANSES y el PAMI (Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados), licitando paquetes definidos junto al Consejo Federal de Turismo y el sector privado, conforme la Ley Nacional de Turismo 25.997.

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