Ley 27.574

Artículo 1Prioridad de inversiones en la economía real

Texto oficial

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), por intermedio del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional Argentino (FGS), deberá priorizar aquellas inversiones que tengan impacto directo en la economía real promoviendo la sostenibilidad del sistema previsional y de la economía argentina en general.

Qué significa en la práctica

Ordena a la ANSES, a través del Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) del sistema previsional, priorizar las inversiones que tengan impacto directo en la economía real, para sostener tanto al sistema previsional como a la economía en general. Es la directriz general de toda la ley.

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