(Artículo derogado por art. 6° del Decreto
N° 1048/2024 B.O. 26/11/2024.
Vigencia: a partir del día de su
publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)
Qué significa en la práctica
Este artículo creaba el Fondo Fiduciario Público denominado Programa de Inversiones Estratégicas (Título VII de la ley). Fue derogado por el artículo 6 del Decreto 1048/2024 y el fondo fue disuelto por el artículo 5 de esa misma norma, por lo que ya no está vigente.