Ley 27.591

Artículo 23Contribución de organismos al Tesoro Nacional

Texto oficial

Dispónese el ingreso como contribución al Tesoro Nacional de la suma de PESOS TRES MIL OCHOCIENTOS DIEZ MILLONES CUARENTA Y DOS MIL ($ 3.810.042.000) de acuerdo con la distribución indicada en la planilla anexa al presente artículo. El Jefe de Gabinete de Ministros establecerá el cronograma de pagos.

Qué significa en la práctica

Dispone que ciertos organismos ingresen al Tesoro Nacional $ 3.810.042.000 en total, según el reparto de la planilla anexa. Es el mecanismo por el cual entes con recursos propios excedentes le transfieren plata al Tesoro. El cronograma de pagos lo fija el Jefe de Gabinete.

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