Ley 27.606

Artículo 6Entrada en vigencia

Texto oficial

La presente ley entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

Qué significa en la práctica

La ley entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina, es decir el 28 de diciembre de 2020, sin plazo adicional de espera.

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