Facúltase al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad
Social para que en forma conjunta con el Ministerio de Economía y la
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) en el ámbito de
sus respectivas competencias, dicten las normas aclaratorias y
complementarias de la presente ley.
Qué significa en la práctica
Faculta al Ministerio de Trabajo, al Ministerio de Economía y a la ANSES, en el ámbito de sus respectivas competencias, a dictar en forma conjunta las normas aclaratorias y complementarias de la ley.