Artículo 32Unificación de registros y bases de datos
Texto oficial
Unificación de registros y bases de datos. La deberá arbitrar los medios para promover la unificación de los registros y bases de datos entre los organismos involucrados en la implementación de la presente ley con el fin de mejorar la eficacia y el acceso a derechos, prestaciones y servicios, y cumplir con un adecuado seguimiento y monitoreo de las políticas.
Qué significa en la práctica
Promueve unificar los registros y bases de datos entre los organismos involucrados para mejorar la eficacia y el acceso a derechos y prestaciones.