Ley 27.626

Artículo 5La venta debe ser por subasta o licitación pública

Texto oficial

La venta de los inmuebles deberá realizarse mediante los procedimientos de subasta o , garantizando el cumplimiento de los principios de los procedimientos administrativos vigentes.

Qué significa en la práctica

Cuando el municipio venda esos lotes, no puede hacerlo a dedo: está obligado a usar subasta o , respetando los principios del procedimiento administrativo. Es la garantía de que la tierra que era del Estado nacional no termine adjudicada de manera discrecional.

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