Artículo 7Informe anual y requisitos para obtener el certificado
Texto oficial
Informes y Requisitos. Para acceder al registro y obtener
el certificado establecido en el artículo 6° los servicios de
comunicación operados por prestadores de gestión privada deben elaborar
anualmente un informe donde acrediten progresos en materia de equidad
en la representación de los géneros desde una perspectiva de diversidad
sexual, detallando el cumplimiento de al menos cuatro (4) de los
siguientes requisitos:
a. Procesos de selección de personal basados en el respeto del principio de equidad en la representación de los géneros;
b. Políticas de inclusión laboral con perspectiva de género y de diversidad sexual;
c. Implementación de capacitaciones permanentes en temáticas de género
y de comunicación igualitaria y no discriminatoria, de conformidad con
la normativa vigente en la materia;
d. Acciones para apoyar la distribución equitativa de las tareas de cuidado de las personas trabajadoras;
e. Disposición de salas de lactancia y/o de centros de cuidado infantil;
f. Promoción del uso de lenguaje inclusivo en cuanto al género en la producción y difusión de contenidos de comunicación; y
g. Protocolo para la prevención de la violencia laboral y de género.
Qué significa en la práctica
Detalla qué tiene que acreditar un medio privado para entrar al registro y obtener el certificado del artículo 6°. Debe presentar un informe anual que demuestre progresos en materia de equidad de género y diversidad sexual y que acredite el cumplimiento de al menos cuatro de estos siete requisitos: (a) procesos de selección de personal basados en la equidad de género; (b) políticas de inclusión laboral con perspectiva de género y diversidad sexual; (c) capacitaciones permanentes en género y comunicación igualitaria y no discriminatoria; (d) acciones para distribuir equitativamente las tareas de cuidado entre las personas trabajadoras; (e) salas de lactancia o centros de cuidado infantil; (f) promoción del lenguaje inclusivo en la producción y difusión de contenidos; y (g) protocolo de prevención de la violencia laboral y de género. No hace falta cumplir los siete: alcanza con cuatro.