Artículo 10Planes de pago caducos y reformulación de planes vigentes
Texto oficial
Podrán regularizarse mediante el presente régimen las
obligaciones devengadas al 30 de junio de 2021, incluidas en planes de
facilidades de pago respecto de los cuales haya operado la
correspondiente caducidad a la fecha de entrada en vigencia de la
presente ley. Asimismo, podrán reformularse planes de facilidades de
pago vigentes a la fecha de promulgación de la presente ley.
TITULO VI
Disposiciones comunes
Qué significa en la práctica
Permite regularizar por este régimen las obligaciones devengadas al 30 de junio de 2021 que estaban incluidas en planes de facilidades de pago ya caducos a la fecha de entrada en vigencia de la ley. También habilita a reformular los planes de facilidades que estuvieran vigentes a la fecha de promulgación.