Ley 27.646

Artículo 16Adhesión provincial y Unidades Ejecutoras Provinciales

Texto oficial

Modifícase el Art. 22 — Ley Ovina, que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 22: El Régimen de la presente Ley será de aplicación en las provincias que adhieran expresamente al mismo. Para acogerse a los beneficios de la presente Ley, las provincias deberán: a) Adherir a la presente Ley mediante la suscripción de un Convenio Específico con la . b) Constituir una Unidad Ejecutora Provincial (UEP), de carácter interinstitucional, encargada de la aplicación del presente Régimen. La UEP estará presidida por un representante del Poder Ejecutivo Provincial con cargo no inferior a Director/a y deberá integrarse y funcionar de acuerdo con lo que se establezca reglamentariamente, coordinando las funciones y servicios de los organismos provinciales y comunales encargados del fomento ovino y de llamas con la . La UEP será responsable de garantizar la transparencia del funcionamiento del Régimen en su ámbito de aplicación y asegurar a los solicitantes la igualdad de oportunidades y condiciones para acceder a los beneficios. La UEP será responsable, asimismo, de la verificación de la documentación presentada por los solicitantes y del contenido de los proyectos, procurando que cumplan con los requisitos previstos en la normativa y evitando aprobar aquellas solicitudes que presenten datos no consistentes, incumplimiento de requisitos básicos o falencias técnicas y/o legales graves. La UEP deberá presentar a la su plan estratégico provincial de desarrollo de la ganadería ovina y de llamas, en donde se determinen los objetivos generales, específicos y líneas de acción durante el Ejercicio. La UEP mantendrá permanentemente informado al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca del avance de los proyectos. c) Dar cumplimiento con las demás obligaciones establecidas en los Convenios de Adhesión suscriptos o a suscribirse.

Qué significa en la práctica

Sustituye el Art. 22 — Ley Ovina. El Régimen solo se aplica en las provincias que adhieran expresamente. Para hacerlo deben firmar un convenio específico con la y constituir una Unidad Ejecutora Provincial (UEP) interinstitucional, responsable de aplicar el Régimen, garantizar transparencia e igualdad de oportunidades, verificar la documentación de los proyectos y presentar un plan estratégico provincial.

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