Ley 27.669

Artículo 25Proyectos preexistentes

Texto oficial

Aquellos proyectos que hayan sido homologados al de la Ley de Cannabis Medicinal y/o que al momento de la sanción de la presente ley se encuentren amparados por normativas provinciales de adhesión a dicha ley, gozarán de un régimen simplificado para la obtención de las autorizaciones y/o licencias.

Qué significa en la práctica

Los proyectos homologados bajo la Ley de Cannabis Medicinal o amparados por normas provinciales de adhesión gozan de un régimen simplificado para obtener las autorizaciones.

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