Artículo 14Normas complementarias de la autoridad y de la AFIP
Texto oficial
La y la Administración Federal de
Ingresos Públicos, entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de
Economía, dictarán, en el ámbito de sus competencias, las normas
complementarias que resulten necesarias a efectos de instrumentar las
previsiones dispuestas en el presente Capítulo y efectivizar los
beneficios contemplados.
Qué significa en la práctica
Encomienda a la y a la AFIP (hoy ARCA) dictar, en el ámbito de sus competencias, las normas complementarias necesarias para instrumentar y hacer efectivos los beneficios del capítulo.