Ley 27.686

Artículo 14Normas complementarias de la autoridad y de la AFIP

Texto oficial

La y la Administración Federal de Ingresos Públicos, entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Economía, dictarán, en el ámbito de sus competencias, las normas complementarias que resulten necesarias a efectos de instrumentar las previsiones dispuestas en el presente Capítulo y efectivizar los beneficios contemplados.

Qué significa en la práctica

Encomienda a la y a la AFIP (hoy ARCA) dictar, en el ámbito de sus competencias, las normas complementarias necesarias para instrumentar y hacer efectivos los beneficios del capítulo.

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