Artículo 110Condona la Tasa Nacional de Fiscalización del Transporte
Texto oficial
Condónase la Tasa Nacional de Fiscalización del Transporte (TNFT - Ley 17.233) correspondiente al año 2020 sobre el período de prohibición de circulación, el alcance corresponde sobre los vehículos afectados al transporte automotor de pasajeros de nacional, excluyéndose aquellos destinados al de transporte automotor urbano y suburbano.
Se encuentran alcanzadas las unidades que hayan abonado durante el período de prohibición las obligaciones del ejercicio antes mencionado, este pago, se tomará como pago a cuenta del valor nominal que surja de las liquidaciones que se generen a partir del período 2023.
Se establece como a la presente medida a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte.
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Disposición N° 28/2023 de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte B.O. 17/01/2023 se implementa lo establecido en el presente artículo, respecto de la condonación sobre el período de prohibición de circulación, el alcance corresponde sobre los vehículos afectados al transporte automotor de pasajeros de nacional, excluyéndose aquellos destinados al de transporte automotor urbano y suburbano. Se encuentran alcanzadas las unidades que hayan abonado durante el período de prohibición las obligaciones del ejercicio antes mencionado, este pago, se tomará como pago a cuenta del valor nominal que surja de las liquidaciones que se generen a partir del período 2023)
Qué significa en la práctica
Condona la Tasa Nacional de Fiscalización del Transporte (TNFT) en los términos que la ley establece.