Artículo 38Autorización al órgano coordinador de la Administración Financiera
Texto oficial
Autorízase al órgano responsable de la coordinación de los sistemas de Administración Financiera a emitir letras del Tesoro hasta alcanzar un importe en circulación de valor nominal de pesos seis billones seiscientos sesenta y cuatro mil cuatrocientos cincuenta y un millones (V.N. $ 6.664.451.000.000) o su equivalente en otras monedas, para dar cumplimiento a las operaciones previstas en el programa financiero. Estas letras deberán ser reembolsadas en el mismo ejercicio financiero en que se emiten.
Qué significa en la práctica
Autoriza al órgano responsable de la coordinación de los sistemas de Administración Financiera a realizar las operaciones que la ley indica.