Artículo 6Los alquileres deben publicarse en pesos
Texto oficial
Incorpórase como Art. 14 — Ley de Alquileres, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 14 bis: Toda publicidad, en cualquier medio o plataforma, que incluya precio de locaciones de inmuebles con destino habitacional debe realizarse en moneda nacional, quedando prohibida cualquier publicidad en contravención a la presente ley, al Código Civil y Comercial, a la Ley de Alquileres y a normas complementarias.
Qué significa en la práctica
Incorpora el artículo 14 bis a la Ley de Alquileres: toda publicidad de alquileres de vivienda, en cualquier medio o plataforma, debe expresar el precio en moneda nacional. Buscaba frenar la dolarización de las publicaciones inmobiliarias. Cayó con la derogación de la Ley de Alquileres por el 70/2023.