Ley 27.737

Artículo 6Los alquileres deben publicarse en pesos

Texto oficial

Incorpórase como Art. 14 — Ley de Alquileres, el que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 14 bis: Toda publicidad, en cualquier medio o plataforma, que incluya precio de locaciones de inmuebles con destino habitacional debe realizarse en moneda nacional, quedando prohibida cualquier publicidad en contravención a la presente ley, al Código Civil y Comercial, a la Ley de Alquileres y a normas complementarias.

Qué significa en la práctica

Incorpora el artículo 14 bis a la Ley de Alquileres: toda publicidad de alquileres de vivienda, en cualquier medio o plataforma, debe expresar el precio en moneda nacional. Buscaba frenar la dolarización de las publicaciones inmobiliarias. Cayó con la derogación de la Ley de Alquileres por el 70/2023.

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