Personas humanas no residentes que fueron residentes
fiscales argentinos. Las personas humanas que hubieran sido residentes
fiscales en Argentina antes del 31 de diciembre de 2023 y que, a dicha
fecha, hubieran perdido tal condición de acuerdo a las normas de la Ley
del Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus
modificaciones, podrán adherir al presente Régimen de Regularización de
Activos como si fueran sujetos residentes en Argentina, en igualdad de
derechos y obligaciones que los sujetos residentes indicados en el
artículo 18. De ejercerse esta opción, se considerará que estos sujetos
han adquirido nuevamente la residencia tributaria en el país a partir
del 1° de enero de 2024.
A todos los efectos de este Régimen de Regularización de Activos, no
deberán tomarse en cuenta los incrementos patrimoniales y los bienes
adquiridos en el exterior por la luego de la pérdida de
su residencia fiscal en Argentina.
La reglamentación establecerá aquellas adaptaciones necesarias a las
normas del presente Régimen de Regularización de Activos para su
aplicación a este tipo de contribuyentes.
Qué significa en la práctica
Permite adherir al blanqueo a personas humanas que fueron residentes fiscales y dejaron de serlo.