Ley 27.743

Artículo 2Sujetos y obligaciones comprendidas

Texto oficial

Los contribuyentes y responsables de las obligaciones tributarias y aduaneras y de los recursos de la seguridad social cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentran a cargo de la Administración Federal de Ingresos Públicos, podrán acogerse por las obligaciones vencidas al 31 de marzo de 2024, inclusive, y por las infracciones cometidas hasta dicha fecha relacionadas o no con aquellas obligaciones. El acogimiento previsto en el párrafo anterior podrá formularse desde la fecha de entrada en vigencia de la reglamentación que dicte la Administración Federal de Ingresos Públicos y hasta transcurrido ciento cincuenta (150) días corridos desde aquella fecha, inclusive.

Qué significa en la práctica

Define qué contribuyentes y responsables y qué obligaciones pueden incluirse en la moratoria.

Normas relacionadas

← Ver en Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes completaLeyes