Texto oficial
Derecho de opción. La opción de adherir al REIBP es de
carácter individual y voluntaria, tratándose el presente de un régimen
especial que comprende al Impuesto sobre los Bienes Personales y a todo
otro tributo patrimonial nacional (cualquiera fuera su denominación)
que pueda complementar o reemplazar al Impuesto sobre los Bienes
Personales en los períodos fiscales 2024 a 2027.
Al optarse por la adhesión al REIBP, el Estado nacional y el
contribuyente declaran que entienden y reconocen los derechos,
obligaciones y limitaciones de carácter recíproco aquí establecido.