Ley 27.743

Artículo 84Entrada en vigencia del título V

Texto oficial

Las disposiciones de este título V entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial y surtirán efecto: a) Para lo dispuesto en el capítulo I, a partir del año fiscal 2024; b) Para lo dispuesto en los capítulos II y III, en las fechas expresamente indicadas en cada uno de los artículos que lo integran; c) Para lo dispuesto en el capítulo IV, a partir de la entrada en vigencia del presente título V.

Qué significa en la práctica

Establece la entrada en vigencia de las disposiciones del título V (Impuesto a las Ganancias).

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