Ley 27.743

Artículo 89Monotributo: incisos del art. 20

Texto oficial

Sustitúyense los incisos a), b) y j) del primer párrafo del Art. 20 — Ley de Monotributo, sus modificaciones y complementarias, por los siguientes: a) La suma de los ingresos brutos obtenidos de las actividades incluidas en el presente régimen, en los últimos doce (12) meses inmediatos anteriores a la obtención de cada nuevo ingreso bruto -incluido este último- exceda el límite máximo establecido para la Categoría K. b) Los parámetros físicos o el monto de los alquileres devengados superen los máximos establecidos para la Categoría K. j) El importe de las compras más los gastos inherentes al desarrollo de la actividad de que se trate, efectuados durante los últimos doce (12) meses, totalicen una suma igual o superior al ochenta por ciento (80%) en el caso de venta de bienes o al cuarenta por ciento (40%) cuando se trate de locaciones, prestaciones de servicios y/o ejecución de obras, de los ingresos brutos máximos fijados en el artículo 8° para la Categoría K.

Qué significa en la práctica

Sustituye incisos del primer párrafo del artículo del Monotributo referido a las causales de exclusión.

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