Ley 27.795

Artículo 8Auditorías al sistema universitario

Texto oficial

Auditorías al Sistema Universitario. La Auditoría General de la Nación conforme los términos del Art. 59 — Ley de Educación Superior realizará el control administrativo externo de las instituciones universitarias de gestión estatal, y de manera inmediata remitirá al Congreso de la Nación los informes producidos junto con las observaciones formuladas si las hubiere, y el correspondiente plan de seguimiento y control.

Qué significa en la práctica

La Auditoría General de la Nación realiza el control administrativo externo de las universidades estatales e informa al Congreso.

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