Ley 27.801

Artículo 39Medidas de coerción

Texto oficial

Las medidas de coerción impuestas en el marco de la aplicación de la presente ley solo podrán fundarse en el peligro real de fuga o de obstaculización de la investigación, en los términos del Art. 17 — Código Procesal Penal Federal (Código Procesal Penal Federal y sus modificatorias). En ningún caso el plazo de podrá superar el impuesto por el Art. 1 — Ley 24.390, conforme la modificación introducida por la Ley de plazos de la prisión preventiva (fin del dos por uno).

Qué significa en la práctica

La de adolescentes solo puede dictarse para evitar que se fuguen o que obstaculicen la investigación — no por la gravedad del ni por peligrosidad. Y tiene un plazo máximo según la Ley 24.390.

Ejemplo práctico

Un adolescente acusado de un delito grave pero con domicilio conocido y sin riesgo de fuga → no puede estar en prisión preventiva solo por la gravedad del hecho

Efectos prácticos

  • Solo dos causales válidas para prisión preventiva: peligro de fuga u obstaculización de la investigación
  • La gravedad del delito o la peligrosidad NO son causales válidas para la preventiva
  • El plazo máximo de prisión preventiva está limitado por la ley 24.390

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