Ley 27.802

Artículo 137Convenios vencidos — convocatoria a renegociar en un año y suspensión de los que rigen por ultraactividad

Texto oficial

En el plazo de un (1) año contado desde la promulgación de la presente ley, la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, del Ministerio de Capital Humano, convocará a las partes legitimadas para negociar, y/o renegociar y/o ratificar las cláusulas de los Convenios Colectivos de Trabajo que estuvieran vencidos, acorde a lo dispuesto por el Art. 6 — Ley de Convenciones Colectivas (t.o. 2004) y sus modificaciones. Por petición de cualquiera de las partes legitimadas para negociar un , cualquiera sea su nivel, cuyas cláusulas normativas se hallaren vigentes sólo por ultraactividad, la autoridad administrativa del trabajo podrá decretar la suspensión de los efectos del acto de homologación cuando se alegare y demostrare sumariamente que su aplicación genera distorsiones económicas graves que afecten el interés general o la aplicación de otras normas dictadas en protección de toda o parte de la población. En tales condiciones, la suspensión podrá ser decretada hasta tanto concluya su cometido la comisión paritaria de negociación del nuevo .

Qué significa en la práctica

Es un artículo propio de esta ley, no una modificación a otra. Tiene dos partes. Primero, le da a la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social del Ministerio de Capital Humano un plazo de un año desde la promulgación de la ley para convocar a las partes habilitadas a negociar, renegociar o ratificar las cláusulas de los convenios colectivos vencidos, con la regla de ultraactividad del Art. 6 — Ley de Convenciones Colectivas de Convenciones Colectivas de Trabajo ya reformada. Segundo, crea una herramienta nueva: cualquiera de las partes legitimadas para negociar un convenio cuyas cláusulas normativas sigan vigentes sólo por ultraactividad puede pedirle a la autoridad administrativa del trabajo que suspenda los efectos del acto de homologación. Para eso debe alegar y demostrar de manera sumaria que aplicar ese convenio genera distorsiones económicas graves que afectan el interés general o la aplicación de otras normas dictadas para proteger a toda o parte de la población. La suspensión puede durar hasta que la comisión paritaria termine de negociar el convenio nuevo. Alcanza a cualquier nivel de convenio.

Ejemplo práctico

Un convenio vencido en 2019 se sigue aplicando por ultraactividad. Cualquiera de las partes habilitadas a negociarlo puede pedirle a la autoridad del trabajo que suspenda los efectos de su homologación, alegando y probando de forma sumaria que aplicarlo hoy genera distorsiones económicas graves. Si la autoridad lo dispone, la suspensión dura hasta que la paritaria cierre el convenio nuevo.

Efectos prácticos

  • Los convenios vencidos deben ser convocados a renegociación dentro del año
  • Un convenio que rige sólo por ultraactividad puede quedar suspendido a pedido de parte

Normas relacionadas

← Ver en Ley de Modernización Laboral completaLeyes