Deja sin efecto la Estatuto del Viajante de Comercio y sus modificatorias —el Estatuto del Viajante de Comercio— a partir del 1 de enero de 2027. Es el régimen de quienes venden por cuenta de uno o varios comerciantes visitando clientes: comisiones sobre las ventas concertadas, libro especial de viajantes e por clientela. Hasta el 31 de diciembre de 2026 sigue rigiendo; desde 2027 esos trabajadores quedan bajo la Ley de Contrato de Trabajo.