La letra de cambio debe presentarse para el pago en el lugar y dirección indicados en el título.
Cuando no se indique dirección, debe presentarse para el pago:
1° En el domicilio del girado o de la persona designada en la misma letra para efectuar el pago por el girado.
2° En el domicilio del aceptante por intervención o de la persona designada en la misma letra para efectuar el pago por éste.
3° En el domicilio de la persona indicada al efecto.
Qué significa en la práctica
Sin dirección indicada, la letra se presenta para el pago en el domicilio del girado o en los demás lugares que la ley señala.