Ley 8.871

Artículo 64Acta general del escrutinio

Texto oficial

De todos los actos de escrutinio se levantará un acta general firmada por el presidente de la junta y el secretario respectivo, que, acompañando las actas de los diversos accidentes previstos en el artículo anterior, las boletas á que él se refiere y las actas, listas y protestas enviadas por cada una de las mesas del distrito, será remitida en paquete sellado y lacrado al presidente de la Cámara de Diputados ó al de la Cámara de Senadores, según el caso. En dicha acta la junta señalará las causas que á su juicio fundan la validez oó de la elección. A cada uno de los efectos se dará un duplicado de la susodicha acta general para que le sirva de diploma.

Qué significa en la práctica

De todo el escrutinio se labraba un acta general firmada por el presidente y el secretario, que con la documentación se remitía sellada a la Cámara de Diputados o de Senadores según el caso.

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