Texto oficial
Queda prohibida la aglomeración de tropas, ó cualquier ostentación de fuerza armada, en el día de la recepción del sufragio.
Sólo los presidentes de comicio podrán tener á su disposición la fuerza policial necesaria para atender al mejor cumplimiento de esta ley.
Las fuerzas nacionales y provinciales, con excepción de la policía destinada a guardar el orden, que se encontrasen en !a localidad en que tenga lugar la elección, se conservarán acuarteladas durante el tiempo de ella.