Ley 8.871

Artículo 99Publicaciones por carteles

Texto oficial

Las publicaciones que deban hacerse en cumplimiento de esta ley, se harán por medio de carteles impresos que se colocarán en los lugares públicos de los distritos, según las juntas escrutadoras determinen.

Qué significa en la práctica

Las publicaciones exigidas por la ley se hacían mediante carteles impresos colocados en los lugares públicos de los distritos.

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